¡AVISO IMPORTANTE LINEA CONTINUA!.

De tod@s son sabidas las denuncias que últimamente vienen llegando a varios compañer@s por rebasar de manera SUPUESTAMENTE injustificada la línea continua que existe a la altura del kilómetro 12, sentido Madrid, para realizar la parada del Barrio del Aeropuerto de Barajas, circunstancia tal que es captada por dos cámaras de control estáticas situada metros atrás del tal punto.

Que también es evidente que realizar tal maniobra en nuestro caso es por la existencia de un obstáculo, vehículo averiado o simplemente por los accidentes que en ese tramo se producen diariamente.

Ante estos hechos y realizada la consulta y exposiciones ante la Empresa, se nos comunica que debemos actuar de la siguiente manera:

1.- COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS EN EL SERVICIO de la Empresa.

Recordamos a todos los conductores, que en caso de imposibilidad de realizar el recorrido de la línea por cualquier tipo de obstáculo, accidente/cortes por obras/un vehículo averiado impidiendo el paso, y en este caso dado que no se puede contactar con la oficina de Tráfico para solicitar instrucciones, es necesario la elaboración de un Parte de Incidencia indicando el recorrido realizado, la hora de la expedición modificada, y el motivo por el cual se realiza el desvío. Además, es importante insistir y hablar con la oficina de Tráfico para que tengan conocimiento y puedan avisar al resto de conductores que se verán afectados del incidente u obstáculo.

2.-Siempre que haya un obstáculo y nos impida la circulación normal por el carril derecho, deberemos cruzar la línea continua de tráfico para atender a los viajeros de la parada del Barrio del Aeropuerto. Realizando la oportuna comunicación y correspondientes parte. Esto no supondría vulnerar ninguna norma de tráfico, ya que la regla general sobre rebasar la línea continua tiene excepciones, especificadas en el Reglamento de Tráfico y en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

3.-Dichas directrices las habréis recibido a través de un comunicado de la empresa relativo a comunicación de incidencias en el servicio.

La empresa nos comunica que ha decidido lo siguiente:

Que la Empresa no va a iniciar ningún procedimiento de Apertura de Expediente Disciplinario por los hechos y razones descritos en el presente comunicado y que los expedientes abiertos por las razones exclusivamente descritas en este comunicado, incluidos los acordados con falta y día de empleo y sueldo, SERÁN CERRADOS, sin dar lugar a ningún tipo de actuación por parte de la Empresa.

Que tod@s aquell@s que reciban la notificación de multa, deberán entregársela a los Técnicos de Servicio, para que la empresa proceda a su recurso y en tal caso el abono de la sanción si procede.

Todo lo aquí expuesto se refiere a hechos o situaciones que puedan derivarse de circunstancias que impidan realizar de manera correcta nuestra labor en los trayectos que realizamos durante nuestra jornada en el punto al que se hace mención (PK 12 sentido decreciente N-II). Cualquier otra causa, motivo o circunstancia no justificada, no estarán amparadas por este comunicado.

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